Piloto al mando

El piloto al mando (PIC) de una aeronave es la persona a bordo de la aeronave que es la última responsable de su operación y seguridad durante el vuelo. Este sería el capitán en una tripulación de vuelo típica de dos o tres pilotos, o «piloto» si solo hay un piloto certificado y calificado en los controles de una aeronave. El PIC debe estar legalmente certificado (o autorizado) para operar el avión para las condiciones específicas de vuelo y vuelo, pero no necesita manipular los controles en ningún momento. El PIC es la persona legalmente a cargo de la aeronave y su seguridad y operación de vuelo, y normalmente sería la persona principal responsable de una infracción de cualquier regla de vuelo.

En un avión, el piloto al mando toma la posición de la izquierda, excepto en el caso del vuelo de instrucción, durante el cual el instructor de la derecha es el capitán.

El capitán asume todas las responsabilidades del avión, en caso de preocupación, el jefe sigue siendo el capitán. La escritura aeronáutica para designar un capitán es CBD.

En la cabina, aparte del capitán, puede haber el primer oficial, el segundo oficial, el navegador y el mecánico a bordo. El capitán está sentado en el lado izquierdo.

Derechos y obligaciones
El comandante de la aeronave es responsable de tomar todas las decisiones en cualquier etapa del vuelo.

El comandante de un avión tiene el derecho:

tomar decisiones finales sobre el despegue, el vuelo y el aterrizaje de la aeronave, así como sobre la terminación del vuelo y el regreso al aeródromo o sobre un aterrizaje forzoso en caso de una amenaza clara para la seguridad del vuelo de una aeronave con el fin para salvar vidas, prevenir daños al medio ambiente;
para garantizar la seguridad del vuelo de una aeronave, para dar órdenes a cualquier persona a bordo de la aeronave y exigir su ejecución;
tomar decisiones sobre la descarga de combustible en vuelo, la descarga de equipaje, carga y correo, si es necesario para garantizar la seguridad del vuelo de la aeronave y su aterrizaje;
tomar otras medidas para garantizar la finalización segura del vuelo de la aeronave.
Si la duración del vuelo es larga, varios comandantes pueden estar a bordo del avión, sin embargo, el mismo comandante debe despegar y aterrizar. El segundo FAC reemplaza al principal solo en la parte media del vuelo.

Responsabilidad
Independientemente de la disponibilidad de fuentes de información, las recomendaciones del Gerente del Servicio de Gestión del Tráfico Aéreo y otros miembros de la tripulación, el FAC es el único responsable de cualquier decisión. El PIC toma decisiones tan importantes como la interrupción del despegue, la aproximación frustrada, el aterrizaje en condiciones climáticas adversas, etc.

Diferencias entre funciones y nombres

La definición legal estricta de PIC puede variar ligeramente de un país a otro. La definición de la Organización de Aviación Civil Internacional, organismo de las Naciones Unidas es: «El piloto responsable de la operación y seguridad de la aeronave durante el tiempo de vuelo». El tiempo de vuelo de los aviones está definido por la FAA de los EE. UU. Como «tiempo del piloto que comienza cuando una aeronave se mueve por su propia potencia con el propósito de volar y termina cuando la aeronave se detiene después del aterrizaje». Esto normalmente incluiría el rodaje, que implica la operación en tierra hacia y desde la pista, siempre que el rodaje se lleve a cabo con la intención de volar el avión.

En los países de habla inglesa, el comandante de la aeronave por analogía con asuntos marítimos llamado Capitán (Capitán de Inglaterra), y un segundo piloto (en la terminología rusa) es el primer asistente (Primer oficial de Inglaterra).

En la aviación estatal de la Federación de Rusia, el comandante de una aeronave se denomina comandante de una tripulación (aeronave): para las aeronaves con un peso máximo de despegue de menos de 43 toneladas, el comandante de un buque (KK) para las aeronaves con un peso máximo de despegue de más de 43 toneladas. El segundo piloto es un asistente del comandante de la tripulación – SCE (barco – PKK).

Estados Unidos
El CFR de los EE. UU. Título 14, Parte 1, Sección 1.1 define «piloto al mando» como:

…la persona que:

Tiene la autoridad final y la responsabilidad por la operación y seguridad del vuelo;
Ha sido designado como piloto al mando antes o durante el vuelo; y
Contiene la clasificación de categoría, clase y tipo apropiada, si corresponde, para la realización del vuelo.

El piloto de la FAA de EE. UU. Y la OACI en reglamentación
Sirviendo como piloto al mando
Bajo la FAA FAR 91.3 de los EE. UU., «Responsabilidad y autoridad del piloto al mando», la FAA declara:

El piloto al mando de una aeronave es directamente responsable, y es la autoridad final en cuanto a la operación de esa aeronave.
En una emergencia en vuelo que requiere una acción inmediata, el piloto al mando puede desviarse de cualquier regla de esta parte en la medida necesaria para enfrentar esa emergencia.
Cada piloto al mando que se desvíe de una regla bajo el párrafo (b) de esta sección deberá, a solicitud del Administrador, enviar un informe escrito de esa desviación al Administrador.
US FAA FAR 121.533 (e) otorga una autoridad final amplia y completa a los capitanes de línea aérea: «Cada piloto al mando tiene control total y autoridad en la operación de la aeronave, sin limitación, sobre otros miembros de la tripulación y sus deberes durante el tiempo de vuelo, independientemente de si él tiene certificados válidos que lo autorizan a realizar los deberes de los miembros de la tripulación «.

Las reglas equivalentes de la OACI y de otros países son similares. En el Anexo 2, «Reglas del aire», bajo el par. «2.3.1 Responsabilidad del piloto al mando», la OACI declara:

El piloto al mando de una aeronave será, ya sea manipulando o no los controles, responsable de la operación de la aeronave de acuerdo con las reglas del aire, excepto que el piloto al mando puede apartarse de estas reglas en circunstancias que hacen que tal partida sea absolutamente necesaria en aras de la seguridad.

En el Anexo 2, par. «2.4 Autoridad de piloto al mando de una aeronave», la OACI agrega:

El piloto al mando de una aeronave tendrá la autoridad final en cuanto a la disposición de la aeronave mientras esté al mando.

Tanto FAR 91.3 (b) como el Anexo 2 de OACI, par. 2.3.1, faculta específicamente al PIC para anular cualquier otra regulación en una emergencia, y para tomar el curso de acción más seguro a su exclusivo criterio. Esta disposición refleja la autoridad otorgada a los capitanes de los buques en el mar, con justificaciones similares. Básicamente le otorga al CFP la autoridad final en cualquier situación que implique la seguridad de un vuelo, independientemente de cualquier otra ley o regulación.

Piloto de registro en tiempo de comando
Según la FAA FAR FAR 14 CFR 61.51, registrar el tiempo de vuelo como un PIC es diferente y distinto de actuar como el PIC legal para un vuelo. En general, el PIC de un vuelo determinado siempre puede registrar su tiempo de vuelo como tal, mientras que otros miembros de la tripulación pueden o no estar autorizados a registrar su tiempo en ese vuelo como tiempo de PIC, dependiendo de las circunstancias específicas y la jurisdicción de control .

Brasil
En Brasil, ICA 100-12 – Reglas aéreas y servicios de tránsito aéreo define «piloto al mando» como:

El piloto designado por el operador, siendo responsable de la operación y seguridad del vuelo.

Reglamento del Ministerio de Defensa
De acuerdo con las regulaciones brasileñas, ICA 100-12 dice:

(a) El piloto al mando de una aeronave tendrá autoridad para tomar decisiones en todos los asuntos relacionados con ella mientras esté al mando.
(b) El piloto al mando, ya sea que opere o no los controles, será responsable de que la operación se lleve a cabo de acuerdo con las Reglas del Aire, que pueden desviarse solo cuando sea absolutamente necesario para cumplir con los requisitos de seguridad.
Las reglas equivalentes de la OACI y otros países son similares. En el Anexo 2, «Reglas del aire», en su párrafo «2.3.1 Responsabilidad del piloto al mando», la OACI afirma:

El piloto al mando de la aeronave de acuerdo con las reglas del aire deberá, manipulando o no los controles, ser responsable de la operación de la aeronave, pero el piloto al mando puede desviarse de estas reglas en circunstancias que son absolutamente necesarios para la seguridad del vuelo.

El anexo 2, párrafo «2.4 piloto al mando de la aeronave», agrega:

El piloto al mando de un avión tiene autoridad final sobre el avión mientras está al mando.

Tanto el FAR 91.3 (b) como el Anexo 2.3 de la OACI, párrafo 2.3.1, autorizan al piloto al mando a reemplazar cualquier otra regulación en caso de emergencia, y toman el curso de acción más seguro a su exclusivo criterio. Esta disposición se refleja en la autoridad otorgada a los capitanes de los buques en el mar, con justificaciones similares. Esto le da al piloto al mando la máxima autoridad en cualquier situación que implique la seguridad de un vuelo, independientemente de cualquier otra legislación o regulación.